Legisladores

Un proyecto de ley para evitar cambios de domicilio con el objetivo de modificar los padrones

La diputada nacional Soledad Carrizo, lleva adelante la iniciativa para que se debata y sancione, un proyecto de ley que modifica los requisitos que exige el Registro Nacional de las Personas para tramitar el cambio de domicilio. Explica que la propuesta es “a efecto de evitar maniobras que tienen como objetivo la modificación real de los padrones electorales para afectar el proceso decisional electoral de una comunidad“. La iniciativa lleva además las firmas de los legisladores de la UCR Mario Negri – jefe del interbloque Cambiemos en Diputados-.

Para Carrizo, una nueva ley de restablecer “la exigencia de que el ciudadano que realiza un cambio de domicilio tenga que demostrar que realmente va a habitar en ese nuevo domicilio”.

La legisladora dice que “resulta preocupante la creciente práctica de cambios de domicilios que falazmente se realizan con la vocación de modificar la conformación real de los padrones electorales y distorsionar así su integración, con el único objetivo de afectar el proceso decisional electoral de una comunidad”.

También asegura que “tales prácticas provocan una escisión entre la voluntad real del electorado que conforma una determinada división territorial (a los fines electorales: distrito, sección, circuito, etc.) y el resultado obtenido en dicho proceso electoral; ello, en la medida que intervienen electores que se incorporan falazmente a dicho padrón a través de un simple trámite de denuncia/declaración de nuevo domicilio sin acreditar constancia para ello; y logrando así modificar el resultado del proceso electoral; sin cuya participación hubiera sido diferente”, según expresa Carrizo en los argumentos de la iniciativa de ley.

Propuesta

Así, la propuesta de los diputados radicales de Cambiemos quiere que quede sin efecto una resolución del Registro Nacional de las Personas de 2011 que suprime la exigencia de prueba o acreditación del domicilio en el trámite de cambio del mismo, datos que luego son tomados para la elaboración de los padrones electorales.

Para llevar adelante la modalidad propuesta, el proyecto entonces plantea la modificación de artículos de la ley de 17671 de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional, dos artículos del Código Nacional Electoral y la derogación de la Resolución que exime de la acreditación suficiente para la tramitación de los cambios de domicilio.

“Del artículo propuesto se evidencia no sólo la incorporación de la acreditación como requisito para la tramitación de toda solicitud de cambio de domicilio; sino también la modificación del régimen punitivo hacia este tipo de prácticas, incorporando la sanción hacia el funcionario que inscribiera un cambio de domicilio sin cumplimentar los requerimientos reglamentarios de acreditación de domicilio, e incorporando también la figura del promotor, dirigido a toda persona que con violencia, intimidación, promesa, engaño o de cualquier manera obligare o indujere a un electoral a mudar o modificar su domicilio, modificando así la redacción actual del artículo 139 del código electoral nacional”, se fundamenta en la iniciativa.

Por otra parte, Carrizo presentó también, para complementar la idea, proyecto de declaración por el cual se manifiesta que se vería con agrado que el Poder Ejecutivo deje sin efecto la resolución del Registro Nacional de las Personas de 2011, número 1101/11, “más específicamente en cuanto dicho organismo dejó de exigir -para la toma de trámites- la acreditación del domicilio declarado; que en su consecuencia disponga la derogación y consecuente readecuación de dicha disposición reglamentaria en conformidad a lo requerido por la Cámara Nacional Electoral en la Acordada 57 del 04 de julio de 2017”.

En esa acordada extraordinaria, que contiene extensas fundamentaciones y explicaciones sobre la validez de los domicilios de los electores, se estableció entre otros puntos que se debe “requerir al Registro Nacional de las Personas que, para la toma de trámites que impliquen un cambio de domicilio, considere restablecer como requisito obligatorio la acreditación del mismo mediante la presentación de un certificado de domicilio, boleta de servicio u otra documentación que estime pertinente”.

Prensa diputada nacional Soledad Carrizo

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