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En la Legislatura posponen la aplicación de la Ley de Seguridad Eléctrica

Mediante una nueva norma aprobada en la sesión del miércoles 20 de noviembre, se postergó su puesta en vigencia hasta diciembre de 2021. Incluye a municipios y comunas. Aquí el texto completo de la normativa.

La nueva ley que permite la prórroga de la aplicación de la Ley de Seguridad Eléctrica 10281, incluye seis artículos con el siguiente contenido textual:

Artículo 1º.- Prorrógase hasta el día 1 de diciembre de 2021 el vencimiento del plazo previsto en el artículo 7º de la Ley Nº 10281 -Seguridad Eléctrica para la Provincia de Córdoba- con relación a las instalaciones eléctricas a cuya readecuación están obligados los sujetos especificados en la precitada disposición.

Artículo 2º.- Suspéndense hasta el día 1 de diciembre de 2021 las obligaciones emergentes de la Ley Nº 10281, para las instalaciones a que se refiere su artículo 2º, inciso b) acápites 1) y 3).

Artículo 3º.– Los municipios, comunas y reparticiones públicas deben presentar ante la Autoridad de Aplicación, antes del 1 de diciembre de 2020, los proyectos y programas de adecuación a la Ley Nº 10281, conjuntamente con un plan de ejecución que no podrá exceder el plazo de tres años a partir de esa fecha.

Para quienes incumplan con la obligación establecida en el párrafo precedente la ley les regirá plenamente.

Artículo 4º.- Los particulares encuadrados en el artículo 2º, inciso b) acápite 1) de la Ley Nº 10281 quedan dispensados de la presentación del Certificado de Instalación Eléctrica Apta mientras dure la suspensión dispuesta en el artículo 2º de la presente Ley.

Artículo 5º.- La presente Ley regirá a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

Ponemos disponible a continuación el archivo de esta norma. Agradecemos al legislador e intendente electo de Sinsacate, Carlos Ciprián, por acercarnos este material.

Ley postergación Seguridad Eléctrica

Ente Municipios y Comunas UCR



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