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Receso administrativo en la Provincia durante enero y sus excepciones

El Gobierno publicó en el BOE, mediante decreto 2002 del lunes 23 de diciembre, la normativa que dispone dicho receso desde el 2 hasta el 31 de enero de 2020 inclusive. Vea aquí las áreas que quedan excluidas de este decreto.

En su primer artículo el decreto dispone que las oficinas de la Administración Pública Provincial deberán permanecer cerradas y sin atención al público durante el período citado, con las excepciones previstas en el artículo 4º.

En este último punto se enumeran las áreas que deberán seguir con tareas administrativas durante el mes de enero:

1. Ministerio de Coordinación (Secretaría de Transporte, Dirección de Policía Ambiental y las áreas y el personal que a tal efecto se designen).

2. Ministerio de Salud (los agentes comprendidos en las Leyes N° 7625 y 7233 que presten servicios en centros asistenciales).

3. Ministerio de Seguridad (áreas de seguridad y gestión de riesgo climático, catástrofes y protección civil).

4. Fuerza Policial Antinarcotráfico.

5. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Servicio Penitenciario, áreas de asistencia y resto de áreas y personal que a tal efecto se designen).

6. Ministerio de la Mujer (las áreas y el personal que a tal efecto se designen).

7. Ministerio de Educación (escuelas de ciclo especial de verano).

8. Ministerio de Finanzas (Dirección General de Rentas, Dirección General de Catastro, Dirección de Policía Fiscal, Registro General de la Provincia, Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas, Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado y Registro de Constructores de Obras).

9. Secretaría General de la Gobernación (para los agentes asignados al manejo del Plan de Contingencias y Dirección de Jurisdicción Atención al Ciudadano).

10. Ministerio de Trabajo (las áreas y el personal que a tal efecto se designen).

11. Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar (las áreas y el personal que a tal efecto se designen).

12. Ministerio de Desarrollo Social (las áreas y el personal que a tal efecto se designen).

13. Sistema Único de Atención al Ciudadano de la ciudad de Río Cuarto.

14. Boletín Oficial Electrónico dependiente de Fiscalía de Estado.

Por último en el Art. 6º se establece que la Dirección de Jurisdicción Atención al Ciudadano de la Secretaría General de la Gobernación, ubicada en planta baja del Centro Cívico de la ciudad de Córdoba, y el Sistema Único de Atención al Ciudadano de Río Cuarto, cumplirán la función de Mesas de Entradas para todo trámite o gestión administrativa, redistribuyendo oportunamente lo actuado a cada área respectiva.

Para ver el texto completo del decreto 2002 CLIC AQUI.

Ente de Municipios y Comunas UCR – BOE

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