Mesa Provincia-Municipios

Sistema Provincial de Prevención y Protección contra Descargas Eléctricas Atmosféricas.

Fue creado por Ley 10.270. Los municipios y comunas deben incorporarlo en sus códigos de planeamiento urbano o legislación que regule el uso del suelo.

Desde ayer quedó reglamentada la ley que pone en marcha el Sistema Provincial de Prevención y Protección contra Descargas Eléctricas Atmosféricas, mediante su publicación en el Boletín Oficial.

La recurrencia de tormentas cada vez más severas obligó a buscar soluciones ante los casos en que ciudadanos fueron alcanzados por rayos.

La norma establece las pautas básicas para la instalación de equipos tendientes a disminuir los riesgos que los rayos pueden causar en las personas o sus bienes.

Se confeccionará un mapa de riesgos que permita conocer los lugares más propensos a recibir descargas eléctricas atmosféricas.

La Provincia relevará la instalación y mantenimiento de equipos de intercepción y conducción de descargas eléctricas nube-tierra (pararrayos) o cualquier otro sistema que el desarrollo tecnológico introduzca en el mercado con igual o superior eficacia.

La instalación de estos equipos tendrá como prioridad los edificios públicos, dentro de las zonas urbanas, en particular en aquellas cuyo crecimiento no haya permitido un planeamiento adecuado de esta situación, particularmente en edificios de propiedad horizontal, zonas suburbanas y barrios cerrados.

Además, contarán con pararrayos ámbitos de acceso público abiertos, como centros educativos, recreativos, deportivos y turísticos.

Los dispositivos deberán estar homologados por los estándares o normas establecidos por el Instituto Argentino de Racionalización de Materiales (Iram) y del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti).

La ley establece además que el proceso de evaluación e instalación no podrá exceder los tres años a contar desde la publicación de la norma.

Participación de municipios y comunas.

En su artículo 11 la Ley establece textualmente que “los municipios y comunas incorporarán en sus códigos de planeamiento urbano o legislación que regule el uso del suelo las previsiones tendientes a hacer efectiva la implementación del sistema creado mediante la presente Ley, la cual posee carácter de orden público”.

Ente de Municipios y Comunas UCR

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