Jorge Gentile y Antonio Hernández coincidieron en cuestionar que la propuesta de ley es inconstitucional porque arrasa con la autonomía de los municipios, garantizada en la Constitución Provincial. Estuvieron en la Comisión de la Legislatura.
“No tiene ni pies ni cabeza”
Gentile fue el menos alarmista porque destacó la intención de la iniciativa aunque sugirió que se reelabore su redacción ya que tal como está causará problemas en el futuro.
Asimismo, el constitucionalista consideró que antes que unificar en materia tributaria se debe uniformar el tema de la publicidad de las ordenanzas municipales porque muchos municipios y comunas no realizan este procedimiento tan importante.
En este sentido, ejemplificó que “para saber cómo hay que hacer para pagar un impuesto o si está vigente hay que ir al municipio correspondiente, en una serie de cajas comienzan a buscar la ordenanza y verificar si está modificada” y añadió que “a esta altura de los acontecimientos, con los sistemas electrónicos y páginas web, este tema es el primero que se debe resolver”.
“El otro tema son las normas de trámite administrativo que con un sistema como el de este Código, en vez de simplificarla se complica; en esto no sólamente hay problema con las normas municipales sino también con las provinciales”, explicó el abogado.
Seguidamente, se refirió a los fundamentos de la iniciativa que indica que el proyecto de ley fue elaborado en base al Código Tributario de Córdoba capital y San Francisco y señaló que la propuesta “no tiene pies ni cabeza”, al tiempo que cuestionó: “A lo mejor han copiado y en esto de cortar y pegar, muy frecuente en esta época, suceden estas cosas”.
También criticó la creación de un Organismo Fiscal, y en este punto manifestó su desconfianza en la iniciativa ya que considera que hay un negocio particular de alguien que quiere armar todo un sistema de cobro de impuestos como alguna empresa particular.
Pese a decir esta observación aclaró: “No tengo ningún fundamento para decir esto, pero lo digo porque en estas cosas hay que tener un poco de cuidado porque muchas veces hay gente que quiere aprovecharse de estos errores o de estas simplificaciones y, en definitiva, quiere medrar en vez de colaborar con la Administración Pública”.
No queda salvada la inconstitucionalidad con la adhesión de los Municipios.
Por su parte, Antonio María Hernández hizo una extensa exposición para fundamentar su postura totalmente contraria a la sanción de la iniciativa que elevó a la Unicameral el gobernador Juan Schiaretti .
De esta manera, luego de mencionar definiciones teóricas de autonomía y autarquía y de mencionar las obras que él escribió, el abogado aseguró que la propuesta arrasa con la autonomía de los municipios que, entre otras cosas, tienen competencia exclusiva y excluyente en materia tributaria.
Otro de sus argumentos contrarios a la iniciativa es que la Legislatura no tiene competencia alguna para legislar en esta materia.
En este sentido, enumeró los diferentes incisos del artículo 104 de la Constitución de Córdoba que hace referencia a las atribuciones de la Unicameral y remarcó uno de ellos que la faculta para crear tributos para el tesoro provincial pero no para los tesoros municipales y comunales.
“Acá hay una clara división de tesoros. La Legislatura legisla lo tributario y presupuestario para el orden provincial, jamás para el orden municipal y comunal”, especificó Hernández; al tiempo que reiteró que claramente las cartas orgánicas municipales y la ley Orgánica Municipal establecen que la competencia en materia tributaria corresponde a los municipios.
Seguidamente, el constitucionalista se preguntó si puede salvarse la inconstitucionalidad del proyecto de ley y señaló: “La respuesta es claramente negativa, la Constitución prohíbe que se sancione un Código en esta materia, así que no queda salvada en modo alguno la inconstitucionalidad”.
Asimismo, Hernández ejemplificó su concepto de que la iniciativa arrasa con la autonomía municipal al mencionar el artículo 14 de la propuesta cuando dice “(…) sin perjuicio a lo que dispongan las cartas orgánicas municipales”, cuestión que definió como “inconcebible”.
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