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Municipios comienzan a difundir normas para la campaña política.

En la mayoría de los casos, recuerdan la vigencia de Ordenanzas que reglamentan el uso de espacios públicos para la ubicación de afiches, pasacalles, murales, entre otros. Incluímos aquí la comunicación que realiza la Municipalidad de Porteña.

La Municipalidad de esa ciudad del Departamento San Justo, menciona qué deben tener en cuenta los candidatos y partidos políticos, que participen de las próximas elecciones para la renovación de autoridades locales, provinciales y nacionales.

“Ante el reciente anuncio del Departamento Ejecutivo Municipal convocando a elecciones municipales para el próximo domingo 26 de Junio, desde la Secretaría de Gobierno y RR.II. se recuerda la plena vigencia de la Ordenanza Nº 799/89, mediante la cual se dispone una reglamentación que deberán respetar todos los partidos políticos que intervengan en la campaña.-

La ordenanza indica expresamente que las agrupaciones políticas deberán presentar ante la Sec.de Obras y Planeamiento Urbano un detalle que contenga el plan sobre pegatina de afiches, murales, pinturas de paredes y pasacalles, todo sujeto a las autorizaciones que se emitan desde esta repartición municipal.-

Además, en su Art. 2º se expresa concretamente que todos los partidos políticos deberán asumir el compromiso formal y expreso de proceder, después de los comicios y en un lapso que no deberá superar los 30 días, a limpiar y borrar toda la propaganda ya que si ello no fuere cumplimentado, la Municipalidad realizará el trabajo con su personal pero con cargo a cada partido político.-”

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