Legisladores

Se aprobó la exención del impuesto de sellos.

La medida que había sido solicitada por nuestro Ente a fines de enero, fue incorporada a la Ley 6006 de Código Tributario por decisión mayoritaria en la legislatura provincial.

La nueva disposición beneficiará a todos los municipios y comunas de Córdoba, ya que no se abonará el impuesto de sellos, en los contratos vinculados a la higiene urbana de los municipios.

El artículo que se incorpora estipula que quedarán exentos de su pago “los servicios públicos de higiene urbana, incluidos recolección, transporte, transferencia, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos cuya gestión estuviera a cargo de los estados municipales, comunas vecinales, entes públicos y sociedades del Estado, aún cuando estas prestaciones fueran contratadas o concesionadas a terceros operadores”.

El pedido realizado por nuestro Foro y que fue comentado en el primer Plenario institucional de este año, “tiene sustento en el artículo 71 de la Constitución de la Provincia de Córdoba que prevé que pueden fijarse exenciones tendientes a graduar la carga fiscal para lograr el desarrollo económico y social de la comunidad, y asimismo, en el artículo 192 que establece que el gobierno provincial colabora con las municipalidades para el cumplimiento de sus funciones específicas”.

El proyecto con esta modificación fue impulsado por el bloque Radical y aprobado el miércoles 18 de febrero por la legislatura.

En archivo adjunto, encuentre el contenido de la nota enviada al gobernador de la provincia con esta solicitud.


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